Octubre-Diciembre 2016 68
ISSN 1317-987X
 
Buscar




Artículos
 




Bioética
Consentimiento informado en pacientes pediátricos hospitalizados: percepción por el personal de salud y los cuidadores.

Introducción

Consentir es un nuevo concepto de la ética médica moderna que subyace en el principio de libertad moral, autonomía o dignidad y que se ha convertido en base fundamental de nuestro quehacer cotidiano, por lo que toda persona dedicada al cuidado de los niños debe entender claramente sus aspectos éticos y legales (1).

La Declaración Internacional de los Derechos del niño promulga el derecho que tienen a su autodeterminación, dignidad y respeto, así como a tomar decisiones fundamentadas, situación apoyada por la Carta Europea sobre los niños hospitalizados, la cual señala que niños y padres tienen derecho a participar con conocimiento de causa en todas las decisiones relativas a la atención de su salud, y enfatiza que todo niño debe ser protegido de tratamientos y estudios innecesarios. La Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescentes en su artículo 43 hace referencia sobre el derecho de los niños y adolescentes en ser informados en cuanto a su condición de salud (2-4).

Es por ello que, el consentimiento informado (CI) es un proceso gradual y verbal en el marco de la relación personal de salud - paciente, en virtud del cual el paciente acepta o no, recibir un procedimiento diagnóstico o terapéutico, después de que el médico le haya informado con calidad y cantidad suficientes sobre la naturaleza, los riesgos y los beneficios que este conlleva, así como sus posibles alternativas.

Para que una persona pueda otorgar su consentimiento, es necesario que se cumplan los siguientes elementos:

a) competencia, claro que es discutible, pero legalmente la ejercen sólo los adultos; b) información clara, precisa, oportuna y al nivel de los enfermos, lejos de los habituales tecnicismos del lenguaje médico; c) convencimiento de la comprensión de dicha información, y d) autorización libre sin coacción ni intimidaciones (1).

El proceso consentimiento informado es continuo, es dado a través de una entrevista clínica que permite al médico informar adecuadamente al paciente, con lenguaje claro para que la información sea comprendida por el mismo, según sus características socioculturales; debe realizarse en el momento adecuado para el paciente en presencia de sus familiares allegados o representante legal, en un lugar con privacidad, no delante de personas ajenas al área afectiva del paciente ni en los pasillos del hospital, evitando la inducción del consentimiento que debe ser libre y espontáneo después de aclaradas todas las dudas que sobre el proceder pueda tener el enfermo (1).

Frecuentemente el proceso de CI suele confundirse en la práctica con una explicación al paciente o sus familiares de los riesgos - beneficios de un procedimiento y cuya finalidad es conseguir la firma de un documento que legalice la práctica profesional (5).

En el caso de la Pediatría, el consentimiento es otorgado por los padres y/o cuidadores, quienes habitualmente son los representantes del paciente. No obstante, de acuerdo con sus limitaciones, en la medida en que el niño sea capaz de tomar una decisión, a ésta habrá que darle su valor y respeto (6).

Según Diego Gracia, “las decisiones sobre el cuerpo y la vida del niño y del joven deben hacerse siempre buscando su mayor beneficio”, coincida éste o no con el deseo o el criterio del propio sujeto. Naturalmente, siempre que esté en juego la vida, la salud o el bienestar del niño, el mayor beneficio consiste en la defensa de esos valores, aun a costa de contrariar su voluntad. Por tanto, los conflictos entre beneficencia y autonomía han de resolverse en favor de la primera, aunque ello suponga una lesión de la segunda, que según el modelo clásico se hacían siempre proyectando su beneficio o su mayor interés (7).

Por tal razón, ningún acto médico deberá realizarse sin el previo consentimiento informado de los padres o representantes. El consentimiento informado es, en cierta forma, el espíritu de la autonomía. Para entablar un diálogo de esta naturaleza se necesita que los padres hayan sido informados, hayan comprendido el beneficio y los riesgos de la decisión que correrá su hijo y que todo esto sea sin ninguna coacción. Los padres deben recibir del médico información completa, adecuada y veraz, implicando que el médico utilice un lenguaje adecuado y una terminología comprensible para entregar a los padres una información suficiente en calidad, permitiendo a éstos ubicarse en la realidad de su hijo y comprender el alcance y las consecuencias de sus decisiones. Cuando el médico entrega a los padres la posibilidad de tomar decisiones informadas, está respetando su autonomía y protegiendo al niño, ya que ellos son biológica y culturalmente los defensores de los mejores intereses del niño.

El dilema ético en Pediatría surge cuando la decisión de los padres parece no defender los intereses del niño, sino sus propios intereses. El asumir la decisión por la falta de autonomía no implica el derecho a tomar cualquier decisión, sino la responsabilidad de defender los mejores intereses del menor. Cuando esta circunstancia se presenta, aparece la luz del médico: el principio de beneficencia.

En virtud de este principio el médico se ve obligado a proporcionar y ofrecer a los pacientes lo mejor para ellos desde la perspectiva de la medicina curativa y preventiva.

Cuando esto sucede el médico debe intervenir para que la sociedad asuma su responsabilidad en favor de la defensa de los intereses del niño que no está siendo adecuadamente representado por sus cuidadores. La intervención de organismos o instancias sociales defensoras de los menores, gubernamentales o privados, son opciones que pueden intervenir para la solución de algunos conflictos. A esta situación extrema sólo se debe acudir cuando existen razones fundadas de que los padres no cumplen con su papel de defensores del niño. Pero la discrepancia en la toma de decisiones entre los cuidadores y el pediatra, con respecto a lo que se debe o no hacer en beneficio del niño no debe conducir a la búsqueda precipitada de la instancia legal, pues hay que someter antes el problema al Comité de Ética de la institución el que deberá validar la decisión de manera colegiada, asumiendo, en último caso, su papel como protector de los derechos de los niños y de manera particular el de su autonomía. Cabe, sin embargo, reiterar que en casos de urgencia y sin posibilidad de saber la opinión de los padres o tutores, el médico está obligado a actuar defendiendo los intereses de los niños, de acuerdo a su juicio profesional (8).

El proceso del consentimiento informado otorga al enfermo la posibilidad de crecer como persona: a medida que se informa accede a la verdad. Al conocer la verdad

de lo que se le pide, e identificarla como un bien, podrá adherir a ella con mayor voluntariedad lo que permite un mejor ejercicio de su libertad, un trato conforme a su dignidad como persona (9).

Tomando en cuenta que, disponemos de escasos trabajos que exploren el proceso del consentimiento informado en nuestra institución, se consideró importante evaluarlo en pacientes pediátricos hospitalizados, analizando las creencias, expectativas y preferencias de cuidadores, médicos y enfermeras de Servicio de Pediatría del Departamento de Puericultura y Pediatría del Hospital Militar “Dr. Carlos Arvelo” en el período enero- febrero de 2016.

Objetivo general:

Evaluar el proceso de consentimiento informado en pacientes pediátricos hospitalizados, según las creencias, expectativas y preferencias de cuidadores, médicos y enfermeras del Departamento de Puericultura y Pediatría del Hospital Militar “Dr. Carlos Arvelo” en el período enero- febrero de 2016.

Objetivos específicos:

1) Describir las expectativas de los cuidadores respecto a qué, cómo y dónde recibir la información sobre la salud de sus hijos

2) Describir las vivencias y prácticas habituales de médicos y personal de enfermería en el proceso de ofrecer información y de solicitar el consentimiento informado a los cuidadores de los pacientes pediátricos hospitalizados.




Continua: Métodos

Consentimiento informado en pacientes pediátricos hospitalizados: percepción por el personal de salud y los cuidadores.
Introducción
Métodos
Resultados
Discusión
Referencias

NOTA: Toda la información que se brinda en este artículo es de carácter investigativo y con fines académicos y de actualización para estudiantes y profesionales de la salud. En ningún caso es de carácter general ni sustituye el asesoramiento de un médico. Ante cualquier duda que pueda tener sobre su estado de salud, consulte con su médico o especialista.





Instituto de Medicina Tropical - Facultad de Medicina - Universidad Central de Venezuela.
Elaborado por el Centro de Análisis de Imágenes Biomédicas Computarizadas CAIBCO,
caibco@ucv.ve
Este portal ha sido desarrollado gracias al apoyo del Fonacit