Nutrición
Bioética, aditivos alimentarios, higiene de alimentos en nutrición
Análisis bioético
Principios bioéticos en
aditivos alimentarios
Desde el punto de vista de los derechos de las personas
se identifica las razones de los dilemas sobre usos, desarrollo e investigación
de aditivos alimentarios en higiene de los alimentos en nutrición para la población. La Declaración universal
sobre bioética y derechos humanos UNESCO Aprobada por aclamación por la 33a
sesión de la Conferencia General de la UNESCO, el 19 de octubre de 2005 (10),
expone entre sus objetivos: a- proporcionar
un marco universal de principios y procedimientos como guía a los Estados en legislación, políticas, instrumentos en el ámbito de la
bioética, b- orientar la acción de
individuos, grupos, comunidades, instituciones y empresas, públicas y privadas,
c- reconocer la importancia de la libertad de investigación científica,
beneficios del desarrollo científico y tecnológico, tomando en cuenta
principios éticos, respeten dignidad humana, derechos humanaos y libertades
fundamentales.
Las poblaciones
en general consumen alimentos que contienen aditivos alimentarios, en los
cuales los más vulnerables son niños, adolescentes, embarazadas, adultos
mayores y enfermos siendo más sensibles a reacciones adversas, pudiendo padecer
una enfermedad transmitida por alimentos, alergias, intolerancia, otras
dependiendo sea el caso (11).
Niños: la madre se preocupa y busca
información para garantizar la salud del niño, en la escuela le hablan de
alimentos e higiene. Los efectos de los aditivos alimentarios en los niños
según la Academia Americana de Pediatría titulada aditivos alimentarios y la
salud de los niños explican que un creciente número de estudios sugieren que
algunos aditivos alimentarios pueden interferir con las hormonas, el
crecimiento y el desarrollo, podrían incrementar el riesgo de la obesidad, son
más susceptibles a los efectos de estos aditivos, tienen mayor exposición a ellos
que los adultos debido a su tamaño e ingesta dietética (12). Se destaca en su
atención la beneficencia (hacer el bien) y la no maleficencia (no hacer ningún
daño), la justicia, el respeto a las personas (Departamento de Salud, Educación
y Bienestar de Estados Unidos 1979; Beauchamp y Childress 2012), (13)
Adolescentes: también la madre se preocupa y busca
información para garantizar la salud del adolescente. Estos tienen el derecho a
la información consagrados en la Convención sobre los Derechos del Adolescentes,
poseen autonomía para hacer sus propias escogencias de alimentos, con libre
decisión, son responsables de sus hábitos alimentarios e higiénicos y tienen
capacidades intelectuales para la formación sobre alimentos en los centros
salud y educativos, ya que son más grandes y pueden dar consentimiento
informado, sin embargo los padres deben estar pendientes evitando cualquier
problema de salud (14).
Madre: la madre está preocupada por la salud
de sus hijos y del feto, por ello tiene dudas, confusiones, controversias,
buscando orientación para solucionarlos, además está comprometida y busca
seguridad (autonomía, libertad). Los padres deben informarse, preguntar al
pediatra y al nutricionista la condición médica como la alimentación y
nutrición adecuada para sus niños y adolescentes. También tienen derecho a
conocer los posibles riesgos, adecuado tratamiento, desafíos económicos y
emocionales, pueden dar permiso informado. Declaración Universal de los
Derechos del Niño, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) (10).
En las embarazadas
es importante tomar en cuenta la información de algunos autores que indican que
los aditivos alimentarios son seguros e inocuos pero otros dudan sobre su
toxicidad, destacando que es importante una calidad alimentaria. Entonces, les
dan recomendaciones nutricionales sobre aditivos alimentarios para evitar
ciertos alimentos impidiendo consecuencias durante el embarazo y al feto,
aunque muchos los desconocen, aquí
destacamos el principio de beneficencia (maximizar el beneficio y
disminuir el riesgo), no maleficencia, autonomía, con ética de máximos-teológico
(felicidad, el bien, autorrealización) (15).
No olvidar un buen diagnóstico perinatal (madre-feto)
y examen exhaustivo (más invasivas) para verificar defecto físico (enfermedad
genética) y menos invasiva (salud feto, sexo), se informará a los padres y
tendrán la decisión mejor para ellos y su futuro, se dará soluciones (respeto a
la vida, autonomía). Desde el puntos de vista éticos, morales y filosóficos, es
importante los dilemas como: los derechos del feto como ser humano y la vida
intrauterina debe ser respetada de forma similar al ser humano ya nacido, el
derecho de la mujer al aborto de un feto afectado y continuar su gestación
(justicia). El servicio médico que recibió la madre indica que existe justicia
y equidad ya que tuvo recursos, con seguro de salud (distribución equitativa de
cargas y beneficios) (16).
Familia: la Academia Americana de Pediatría
da recomendaciones para la familia sobre cómo reducir la exposición a aditivos alimentarios en su familia desde el
punto de vistas de higiene los alimentos en nutrición (12), cumpliéndose
además el principio de beneficencia procurándose hacer el bien y no
maleficencia no hacer ningún daño (10).
Desde
el punto de vista teológico: la
madre indican que la familia poseen región católica. Para la población de
embarazadas, niños, adolescentes, se explica desde el punto de vista de la
teología en el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (2004) que existe
el derecho a la vida sobre todo ("Dios da la vida"), no está de
acuerdo al aborto, ni quitar la vida ("no mataras"), preserva la
vida, además amaras a dios y al prójimo, todo esto es sagrado. La atención de la salud de la población no puede
ser tratada como una simple mercancía, debe ser racional, solidario como un
principio social y de virtud moral, esto es justo y libre. Hay que garantizar
el bien común que es responsabilidad de todos, además hay autonomía. Da
importancia a la familia, la solidaridad familiar, al matrimonio, a la dignidad
y derechos de los niños. Es necesario impartir formación garantizando la promoción
y prevención en salud (17).
Personal de salud
Nutricionista y
Dietista: identifica
y estudia los elementos del análisis indicado en el planteamiento del problema
de este caso de estudio, para la recomendación del momento y la atención
nutricional en consulta próxima para resolver dudas, confusiones, controversias.
La atención es respetuosa, con simpatía y de alta calidad en la alimentación y
nutrición que garantiza el respeto a su dignidad humana (Kant), el respeto a
las personas, sus derechos humanos como el derecho a la salud, su interés
personal y su bienestar (busca en común, bien estar), ya que se busca la
satisfacción del ser humano tener calidad de la vida, según su estilo de vida, que
perdure en el tiempo o que sea mucho mejor que el actual. Cumple sus deberes,
destacando buena comunicación con valores y virtudes, siendo justo (entiende
barreras), con equidad (recursos, oportunidades, necesidades sin
discriminación, exclusión) e igual (mismos recursos, oportunidades), apoya a
estudiantes en su formación y acción del caso (responsabilidad) (18, 19).
Con una mejor atención nutricional y educación la
familia lograra comprender más el tema de aditivos alimentarios sobre higiene
de los alimentos con criterios técnicos científicos actuales, generando mejores
resultados en estos pacientes o población y respuestas en las conductas en
cuanto a los hábitos alimentarios, sanitarios, otros. En general todos
reconocen el valor de la salud, pero la salud pública aborda la salud en
relación con la ciencia y la comunidad en su misión de prevenir las
enfermedades y traumatismos, proteger al público de daños, promover la salud y
el bienestar. Los valores y los compromisos de la salud pública, el derecho a
la salud y la equidad en la salud son elementos centrales (20, 21).
Hechos éticos, valores
y morales identificados
son ideales de conducta en una sociedad. La Bioética estudia sistemáticamente
la conducta humana en el área de las ciencias de la vida y del cuidado de la
salud, en cuanto dicha conducta es examinada a la luz de los valores y de
principios morales” (22). Las obligaciones morales se forman comoreglas de comportamiento (valores) de la vida cotidiana individual
y grupal de la población, rigen todas las acciones y determinan
las relaciones sociales (honestidad, sentido común, responsabilidad, comprensión,
compasión, sensibilidad). El valor es la perfección interna mientras
virtud (actuar
bien, humilde, bondadoso, evitar comidas) son valores que se van
haciendo vida a través de la existencia de cada ser humano (motivación). La ética es la
manera de ser pero con repetición progresiva de actos que dan
lugar a la formación de hábitos (rutina lo que hacemos, recompensa, valora
valdrá la pena recordar) y son precisamente estos los que expresan la conducta
humana, siendo importante en la educación. (23-25).
Nuevos retos: en la actualidad investigadores del mundo
plantea el nuevo paradigma de la influencia de la microbiota en la salud, que conduce
a preguntarse cuáles son los desafíos de los aditivos alimentarios frente al
rol de la microbiota en la salud. A la luz del rol que cumple la microbiota en
la conformación del sistema inmune, la nutrición y los cambios que van desde el
estado de salud hasta la aparición de la enfermedad que actualmente se conoce,
los aditivos alimentarios deben ser revisados por nuevos estudios que
involucran las diferentes ciencias “ómicas” con el fin de poder revaluar su
inocuidad, sugerir dosis de uso frecuente y establecer recomendaciones nuevas
para generar una legislación más actualizada (26). Esta información refuerza la
importancia de la evaluación y el diagnóstico diferencial de las enfermedades
padecidas por esta familia (alergias, intolerancias alimentarias, enfermedades
transmitidas por alimentos) y el papel del personal de salud ante estos nuevos
avances de la ciencia para la atención en salud además de la educación que
imparte.
Legislación y
disposiciones sanitarias en aditivos alimentarios
Existe la responsabilidad social y salud que tienen el
sector privado, los organismos del Estado y la sociedad en general sobre los
aditivos alimentarios en cuanto al cumplimento de sus características
sanitarias y legales, garantizando la promoción y prevención de la salud de la
población. La promoción de la salud y el desarrollo social para sus pueblos es
un cometido esencial de los gobiernos, que comparten todos los sectores de la
sociedad (10). El ser humano reconoce su responsabilidad ante el presente y
futuro, como su impacto que sus acciones están causando en el planeta y sus
consecuencias, además nuestras decisiones del presente junto con las políticas
sociales, deben estar alineadas para garantizar dichos resultados. Las
conductas de la población o individuos en su empleo o en sus hábitos tanto
alimentarios como higiénicos adquiridos a los 6 años son muy importante (19).
Entre algunas de las consideraciones sanitarias de los aditivos
alimentarios destacaremos que cada aditivo debe cumplir con los
requisitos de identidad, pureza, grado de toxicidad, seguridad y riesgo a la
salud del consumidor. Los aditivos y sus dosis permitidas para cada alimento, el
etiquetado, serán especificados en cada norma particular de producto, indicados
en organismos nacionales e internacionales OMS/FAO, AECOSAN, EFSA (27-30).
·
Ley
Orgánica de Salud. Gaceta
Oficial Número 36579.
Caracas, 11 de noviembre de 1998 (29). Incluye: de la promoción y conservación
de la salud, del saneamiento ambiental, de la contraloría sanitaria, las
actividades de los profesionales y técnicos de la salud, la relación entre
establecimientos de atención medica privada de carácter privado y los servicios
públicos de salud.
·
FAO/OMS.
Norma general para los aditivos alimentarios CODEX STAN 192-1995. Actualizado
2021 (30). Destaca la transferencia de aditivos alimentarios a partir de
materias primas o ingredientes es inaceptable en aquellos alimentos
pertenecientes a las siguientes categorías: a) preparados para lactantes,
preparados de continuación y preparados para usos medicinales especiales
destinados a los lactantes. b) alimentos complementarios para lactantes y niños
pequeños, pero no indica otra población. Reconocerá como adecuado el uso de los
aditivos alimentarios y se incluyen los que tengan ingestión diaria admisible y
su inocuidad establecida.
·
NORMA COVENIN
910:2016. Aditivos alimentarios (3ra. Revisión) (31). Incluye
muchos aspectos nombrados anteriormente para el caso venezolano.
·
Resolución N° SG-081 de fecha 11 de marzo de 1996,
se dictan las Normas Complementarias del Reglamento General de Alimentos,
publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 35.921 de fecha
15 de marzo de 1996 (32). Define aditivo alimentario.
·
Gaceta
oficial N° SG-42.271, Resolución 137 de
fecha Caracas 7 diciembre 2021, normas para regular el etiquetado de
alimentos manufacturados con alto contenido de azúcar, grasas saturadas y
grasas trans (33).
·
Gaceta Oficial N° SG-41.804 de fecha Caracas 21
enero 2020, Venezuela, normas para regular el etiquetado y consumo de alimentos manufacturados
con alto contenido de sodio (34).
Deontología: las nutricionistas y dietistas cumplirán
con la Ley de Ejercicio de la profesión del Licenciado en Nutrición y Dietética
1998 para garantizar el estado de salud en todos sus órganos sociales y en las
actividades inherentes en la alimentación, producción, conservación,
almacenamiento, fortificación, propaganda del alimento y productos alimenticios
como parte de la ética profesional tomando en cuenta su código moral que está
incluido en esta ley. En esta ley están incluido los deberes y derechos de la
profesión (35).
Los profesionales de salud velaran y garantizaran la
salud de la población, ya que toda intervención médica preventiva, diagnóstica
y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e
informado de la persona interesada, basado en la información adecuada, ser
expreso y podrá revocarlo en todo momento y por cualquier motivo, sin
desventaja o perjuicio alguno, garantizando su privacidad (10).
Las nutricionistas y dietistas utilizan herramientas
como la historia clínica nutricional y trabaja en equipo con todo el equipo de
salud u otros. Procura aportar a la calidad de la vida de pacientes, hacer lo
bueno (bienestar, felicidad), lo correcto (ley moral, Kant), lo propio
(calidad, actualidad), lo justo (lo que necesita). Refuerza o crea valores sin
olvidar lo moral (tratar a los demás como queremos ser tratado y por igual, ser solidario
a quien lo necesita, decir la verdad, transparente, respetar instituciones y
autoridades, dar prioridad a población vulnerable, actuar con honradez, ser
empático, paciente), atender conductas inadecuadas previas con consecuencias en
salud (hábitos) (10).
Cumplirán
con legislación en materia de aditivos alimentarios en higiene de los alimentos
en nutrición, también tomaran en cuenta el Código de Ética para la vida establece
los lineamientos más relevantes que guían las acciones de la CEBioBio,
expresados como un conjunto de acuerdos mínimos para orientar la evaluación y
ejecución de proyectos de investigación y desarrollo que financian desde el
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Industrias
Intermedias, con visión integral de los fenómenos humanos, consolidando una
cultura bioética en todos los ámbitos de la vida, así como el Código de
Bioética y Bioseguridad (36, 37).
Nuevos retos: la atención nutricional clínica y en
salud publica sigue siendo un reto para los profesionales en nutrición y
dietética debido a que es planificada, considerando la definición de
resultados y monitorización en cada usuario o población, junto con realizar una
educación alimentaria y consulta motivacional en base a su historia personal, antecedentes
maleables y evidencia científica (38). El ámbito sanitario y la práctica
asistencial se han ido adaptando a los cambios socioeconómicos y tecnológicos,
a los diferentes usuarios y a las prioridades sanitarias de cada momento con el
objetivo de proporcionar el mejor estado de salud, además ha permitido al personal
sanitario a evolucionar su práctica e investigación para garantizar un sistema
de alta calidad en términos de efectividad, experiencia y seguridad asistencial,
mejorando la calidad asistencial, satisfacción del usuario, proporcionando
beneficios a la sociedad (39).
Por último, actualmente en
2024 según la necesidad de actualizar al personal de salud sobre aditivos
alimentarios, la Sociedad
Venezolana de Puericultura y Pediatría
impartió información actualizada según evidencia científica sobre los
edulcorantes no nutritivos y la relación con la microbiótica, pero todavía es
necesario ampliar en relación a las enfermedades transmitidas por alimentos, entre
otros (40). La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), (2024) ha
reevaluado la sacarina, incrementando su ingesta diaria admisible de 5 a 9 mg/kg
de peso corporal al día tras analizar nuevos datos científicos, donde concluyen
que su consumo es seguro incluso a niveles más altos (41), lo cual indica que todavía
existe mucho trabajo que realizar. |