Enero-Marzo 2025 101
DOI:10.70024 / ISSN 1317-987X
 
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Nutrición
Bioética, aditivos alimentarios, higiene de alimentos en nutrición

Análisis bioético

Principios bioéticos en aditivos alimentarios

Desde el punto de vista de los derechos de las personas se identifica las razones de los dilemas sobre usos, desarrollo e investigación de aditivos alimentarios en higiene de los alimentos en nutrición para la población. La Declaración universal sobre bioética y derechos humanos UNESCO Aprobada por aclamación por la 33a sesión de la Conferencia General de la UNESCO, el 19 de octubre de 2005 (10), expone entre sus objetivos: a- proporcionar un marco universal de principios y procedimientos como guía a los Estados en legislación, políticas, instrumentos en el ámbito de la bioética, b- orientar la acción de individuos, grupos, comunidades, instituciones y empresas, públicas y privadas, c- reconocer la importancia de la libertad de investigación científica, beneficios del desarrollo científico y tecnológico, tomando en cuenta principios éticos, respeten dignidad humana, derechos humanaos y libertades fundamentales.

Las poblaciones en general consumen alimentos que contienen aditivos alimentarios, en los cuales los más vulnerables son niños, adolescentes, embarazadas, adultos mayores y enfermos siendo más sensibles a reacciones adversas, pudiendo padecer una enfermedad transmitida por alimentos, alergias, intolerancia, otras dependiendo sea el caso (11).

Niños: la madre se preocupa y busca información para garantizar la salud del niño, en la escuela le hablan de alimentos e higiene. Los efectos de los aditivos alimentarios en los niños según la Academia Americana de Pediatría titulada aditivos alimentarios y la salud de los niños explican que un creciente número de estudios sugieren que algunos aditivos alimentarios pueden interferir con las hormonas, el crecimiento y el desarrollo, podrían incrementar el riesgo de la obesidad, son más susceptibles a los efectos de estos aditivos, tienen mayor exposición a ellos que los adultos debido a su tamaño e ingesta dietética (12). Se destaca en su atención la beneficencia (hacer el bien) y la no maleficencia (no hacer ningún daño), la justicia, el respeto a las personas (Departamento de Salud, Educación y Bienestar de Estados Unidos 1979; Beauchamp y Childress 2012), (13)

Adolescentes: también la madre se preocupa y busca información para garantizar la salud del adolescente. Estos tienen el derecho a la información consagrados en la Convención sobre los Derechos del Adolescentes, poseen autonomía para hacer sus propias escogencias de alimentos, con libre decisión, son responsables de sus hábitos alimentarios e higiénicos y tienen capacidades intelectuales para la formación sobre alimentos en los centros salud y educativos, ya que son más grandes y pueden dar consentimiento informado, sin embargo los padres deben estar pendientes evitando cualquier problema de salud (14).

Madre: la madre está preocupada por la salud de sus hijos y del feto, por ello tiene dudas, confusiones, controversias, buscando orientación para solucionarlos, además está comprometida y busca seguridad (autonomía, libertad). Los padres deben informarse, preguntar al pediatra y al nutricionista la condición médica como la alimentación y nutrición adecuada para sus niños y adolescentes. También tienen derecho a conocer los posibles riesgos, adecuado tratamiento, desafíos económicos y emocionales, pueden dar permiso informado. Declaración Universal de los Derechos del Niño, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) (10).

En las embarazadas es importante tomar en cuenta la información de algunos autores que indican que los aditivos alimentarios son seguros e inocuos pero otros dudan sobre su toxicidad, destacando que es importante una calidad alimentaria. Entonces, les dan recomendaciones nutricionales sobre aditivos alimentarios para evitar ciertos alimentos impidiendo consecuencias durante el embarazo y al feto, aunque muchos los desconocen, aquí destacamos el principio de beneficencia (maximizar el beneficio y disminuir el riesgo), no maleficencia, autonomía, con ética de máximos-teológico (felicidad, el bien, autorrealización) (15).

No olvidar un buen diagnóstico perinatal (madre-feto) y examen exhaustivo (más invasivas) para verificar defecto físico (enfermedad genética) y menos invasiva (salud feto, sexo), se informará a los padres y tendrán la decisión mejor para ellos y su futuro, se dará soluciones (respeto a la vida, autonomía). Desde el puntos de vista éticos, morales y filosóficos, es importante los dilemas como: los derechos del feto como ser humano y la vida intrauterina debe ser respetada de forma similar al ser humano ya nacido, el derecho de la mujer al aborto de un feto afectado y continuar su gestación (justicia). El servicio médico que recibió la madre indica que existe justicia y equidad ya que tuvo recursos, con seguro de salud (distribución equitativa de cargas y beneficios) (16).

Familia: la Academia Americana de Pediatría da recomendaciones para la familia sobre cómo reducir la exposición a aditivos alimentarios en su familia desde el punto de vistas de higiene los alimentos en nutrición (12), cumpliéndose además el principio de beneficencia procurándose hacer el bien y no maleficencia no hacer ningún daño (10). Desde el punto de vista teológico: la madre indican que la familia poseen región católica. Para la población de embarazadas, niños, adolescentes, se explica desde el punto de vista de la teología en el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (2004) que existe el derecho a la vida sobre todo ("Dios da la vida"), no está de acuerdo al aborto, ni quitar la vida ("no mataras"), preserva la vida, además amaras a dios y al prójimo, todo esto es sagrado. La atención de la salud de la población no puede ser tratada como una simple mercancía, debe ser racional, solidario como un principio social y de virtud moral, esto es justo y libre. Hay que garantizar el bien común que es responsabilidad de todos, además hay autonomía. Da importancia a la familia, la solidaridad familiar, al matrimonio, a la dignidad y derechos de los niños. Es necesario impartir formación garantizando la promoción y prevención en salud (17).

Personal de salud

Nutricionista y Dietista: identifica y estudia los elementos del análisis indicado en el planteamiento del problema de este caso de estudio, para la recomendación del momento y la atención nutricional en consulta próxima para resolver dudas, confusiones, controversias. La atención es respetuosa, con simpatía y de alta calidad en la alimentación y nutrición que garantiza el respeto a su dignidad humana (Kant), el respeto a las personas, sus derechos humanos como el derecho a la salud, su interés personal y su bienestar (busca en común, bien estar), ya que se busca la satisfacción del ser humano tener calidad de la vida, según su estilo de vida, que perdure en el tiempo o que sea mucho mejor que el actual. Cumple sus deberes, destacando buena comunicación con valores y virtudes, siendo justo (entiende barreras), con equidad (recursos, oportunidades, necesidades sin discriminación, exclusión) e igual (mismos recursos, oportunidades), apoya a estudiantes en su formación y acción del caso (responsabilidad) (18, 19).

Con una mejor atención nutricional y educación la familia lograra comprender más el tema de aditivos alimentarios sobre higiene de los alimentos con criterios técnicos científicos actuales, generando mejores resultados en estos pacientes o población y respuestas en las conductas en cuanto a los hábitos alimentarios, sanitarios, otros. En general todos reconocen el valor de la salud, pero la salud pública aborda la salud en relación con la ciencia y la comunidad en su misión de prevenir las enfermedades y traumatismos, proteger al público de daños, promover la salud y el bienestar. Los valores y los compromisos de la salud pública, el derecho a la salud y la equidad en la salud son elementos centrales (20, 21).

Hechos éticos, valores y morales identificados son ideales de conducta en una sociedad. La Bioética estudia sistemáticamente la conducta humana en el área de las ciencias de la vida y del cuidado de la salud, en cuanto dicha conducta es examinada a la luz de los valores y de principios morales” (22). Las obligaciones morales se forman comoreglas de comportamiento (valores) de la vida cotidiana individual y grupal de la población, rigen todas las acciones y determinan las relaciones sociales (honestidad, sentido común, responsabilidad, comprensión, compasión, sensibilidad). El valor es la perfección interna mientras virtud (actuar bien, humilde, bondadoso, evitar comidas) son valores que se van haciendo vida a través de la existencia de cada ser humano (motivación). La ética es la manera de ser pero con repetición progresiva de actos que dan lugar a la formación de hábitos (rutina lo que hacemos, recompensa, valora valdrá la pena recordar) y son precisamente estos los que expresan la conducta humana, siendo importante en la educación. (23-25).

Nuevos retos: en la actualidad investigadores del mundo plantea el nuevo paradigma de la influencia de la microbiota en la salud, que conduce a preguntarse cuáles son los desafíos de los aditivos alimentarios frente al rol de la microbiota en la salud. A la luz del rol que cumple la microbiota en la conformación del sistema inmune, la nutrición y los cambios que van desde el estado de salud hasta la aparición de la enfermedad que actualmente se conoce, los aditivos alimentarios deben ser revisados por nuevos estudios que involucran las diferentes ciencias “ómicas” con el fin de poder revaluar su inocuidad, sugerir dosis de uso frecuente y establecer recomendaciones nuevas para generar una legislación más actualizada (26). Esta información refuerza la importancia de la evaluación y el diagnóstico diferencial de las enfermedades padecidas por esta familia (alergias, intolerancias alimentarias, enfermedades transmitidas por alimentos) y el papel del personal de salud ante estos nuevos avances de la ciencia para la atención en salud además de la educación que imparte.

Legislación y disposiciones sanitarias en aditivos alimentarios

Existe la responsabilidad social y salud que tienen el sector privado, los organismos del Estado y la sociedad en general sobre los aditivos alimentarios en cuanto al cumplimento de sus características sanitarias y legales, garantizando la promoción y prevención de la salud de la población. La promoción de la salud y el desarrollo social para sus pueblos es un cometido esencial de los gobiernos, que comparten todos los sectores de la sociedad (10). El ser humano reconoce su responsabilidad ante el presente y futuro, como su impacto que sus acciones están causando en el planeta y sus consecuencias, además nuestras decisiones del presente junto con las políticas sociales, deben estar alineadas para garantizar dichos resultados. Las conductas de la población o individuos en su empleo o en sus hábitos tanto alimentarios como higiénicos adquiridos a los 6 años son muy importante (19).

Entre algunas de las consideraciones sanitarias de los aditivos alimentarios destacaremos que cada aditivo debe cumplir con los requisitos de identidad, pureza, grado de toxicidad, seguridad y riesgo a la salud del consumidor. Los aditivos y sus dosis permitidas para cada alimento, el etiquetado, serán especificados en cada norma particular de producto, indicados en organismos nacionales e internacionales OMS/FAO, AECOSAN, EFSA (27-30).

· Ley Orgánica de Salud. Gaceta Oficial Número 36579. Caracas, 11 de noviembre de 1998 (29). Incluye: de la promoción y conservación de la salud, del saneamiento ambiental, de la contraloría sanitaria, las actividades de los profesionales y técnicos de la salud, la relación entre establecimientos de atención medica privada de carácter privado y los servicios públicos de salud.

· FAO/OMS. Norma general para los aditivos alimentarios CODEX STAN 192-1995. Actualizado 2021 (30). Destaca la transferencia de aditivos alimentarios a partir de materias primas o ingredientes es inaceptable en aquellos alimentos pertenecientes a las siguientes categorías: a) preparados para lactantes, preparados de continuación y preparados para usos medicinales especiales destinados a los lactantes. b) alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños, pero no indica otra población. Reconocerá como adecuado el uso de los aditivos alimentarios y se incluyen los que tengan ingestión diaria admisible y su inocuidad establecida.

· NORMA COVENIN 910:2016. Aditivos alimentarios (3ra. Revisión) (31). Incluye muchos aspectos nombrados anteriormente para el caso venezolano.

· Resolución N° SG-081 de fecha 11 de marzo de 1996, se dictan las Normas Complementarias del Reglamento General de Alimentos, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 35.921 de fecha 15 de marzo de 1996 (32). Define aditivo alimentario.

· Gaceta oficial N° SG-42.271, Resolución 137 de fecha Caracas 7 diciembre 2021, normas para regular el etiquetado de alimentos manufacturados con alto contenido de azúcar, grasas saturadas y grasas trans (33).

· Gaceta Oficial N° SG-41.804 de fecha Caracas 21 enero 2020, Venezuela, normas para regular el etiquetado y consumo de alimentos manufacturados con alto contenido de sodio (34).

Deontología: las nutricionistas y dietistas cumplirán con la Ley de Ejercicio de la profesión del Licenciado en Nutrición y Dietética 1998 para garantizar el estado de salud en todos sus órganos sociales y en las actividades inherentes en la alimentación, producción, conservación, almacenamiento, fortificación, propaganda del alimento y productos alimenticios como parte de la ética profesional tomando en cuenta su código moral que está incluido en esta ley. En esta ley están incluido los deberes y derechos de la profesión (35).

Los profesionales de salud velaran y garantizaran la salud de la población, ya que toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada, ser expreso y podrá revocarlo en todo momento y por cualquier motivo, sin desventaja o perjuicio alguno, garantizando su privacidad (10).

Las nutricionistas y dietistas utilizan herramientas como la historia clínica nutricional y trabaja en equipo con todo el equipo de salud u otros. Procura aportar a la calidad de la vida de pacientes, hacer lo bueno (bienestar, felicidad), lo correcto (ley moral, Kant), lo propio (calidad, actualidad), lo justo (lo que necesita). Refuerza o crea valores sin olvidar lo moral (tratar a los demás como queremos ser tratado y por igual, ser solidario a quien lo necesita, decir la verdad, transparente, respetar instituciones y autoridades, dar prioridad a población vulnerable, actuar con honradez, ser empático, paciente), atender conductas inadecuadas previas con consecuencias en salud (hábitos) (10).

Cumplirán con legislación en materia de aditivos alimentarios en higiene de los alimentos en nutrición, también tomaran en cuenta el Código de Ética para la vida establece los lineamientos más relevantes que guían las acciones de la CEBioBio, expresados como un conjunto de acuerdos mínimos para orientar la evaluación y ejecución de proyectos de investigación y desarrollo que financian desde el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, con visión integral de los fenómenos humanos, consolidando una cultura bioética en todos los ámbitos de la vida, así como el Código de Bioética y Bioseguridad (36, 37).

Nuevos retos: la atención nutricional clínica y en salud publica sigue siendo un reto para los profesionales en nutrición y dietética debido a que es planificada, considerando la definición de resultados y monitorización en cada usuario o población, junto con realizar una educación alimentaria y consulta motivacional en base a su historia personal, antecedentes maleables y evidencia científica (38). El ámbito sanitario y la práctica asistencial se han ido adaptando a los cambios socioeconómicos y tecnológicos, a los diferentes usuarios y a las prioridades sanitarias de cada momento con el objetivo de proporcionar el mejor estado de salud, además ha permitido al personal sanitario a evolucionar su práctica e investigación para garantizar un sistema de alta calidad en términos de efectividad, experiencia y seguridad asistencial, mejorando la calidad asistencial, satisfacción del usuario, proporcionando beneficios a la sociedad (39).

Por último, actualmente en 2024 según la necesidad de actualizar al personal de salud sobre aditivos alimentarios, la Sociedad Venezolana de Puericultura y Pediatría impartió información actualizada según evidencia científica sobre los edulcorantes no nutritivos y la relación con la microbiótica, pero todavía es necesario ampliar en relación a las enfermedades transmitidas por alimentos, entre otros (40). La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), (2024) ha reevaluado la sacarina, incrementando su ingesta diaria admisible de 5 a 9 mg/kg de peso corporal al día tras analizar nuevos datos científicos, donde concluyen que su consumo es seguro incluso a niveles más altos (41), lo cual indica que todavía existe mucho trabajo que realizar.

Bioética, aditivos alimentarios, higiene de alimentos en nutrición
Introducción
Métodos
Caso real o estudio de caso
Planteamiento del problema
Análisis bioético
Conclusiones y recomendaciones
Referencias

NOTA: Toda la información que se brinda en este artículo es de carácter investigativo y con fines académicos y de actualización para estudiantes y profesionales de la salud. En ningún caso es de carácter general ni sustituye el asesoramiento de un médico. Ante cualquier duda que pueda tener sobre su estado de salud, consulte con su médico o especialista.





Instituto de Medicina Tropical - Facultad de Medicina - Universidad Central de Venezuela.
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